¿Pueden circular los scooters eléctricos en ciclovías? Esto dice el reglamento de tránsito

En la Ciudad de México cada vez se ven más scooters o monopatines eléctricos que circulan por las ciclovías creadas, originalmente, para quien se transporta en bicicleta.

Los scooters, a diferencia del tradicional patín del diablo, se mueven a partir de energía eléctrica, unos más rápidos que otros. “22 kilómetros por hora, es muy sencillo, en realidad, pero funciona muy bien para lo que lo uso yo, 10 minutos” comenta Adrián Bolaños, usuario de monopatín eléctrico

“Hay monopatines que no pasan de 20 kilómetros por hora, o de 25; sin embargo, hay otros que pueden alcanzar los 80 kilómetros por hora”, dice Vicente Torres, activista de Movilidad y Ciclista Urbano.

¿Qué dice el reglamento de tránsito?

Se considera un vehículo motorizado aquellos de transporte terrestre, de pasajeros o carga, que para su tracción dependan de un motor de combustión interna, eléctrica o de cualquier otra tecnología, que le proporcione una velocidad de más de 25 kilómetros por hora.

La vía ciclista, aclara la norma, es el espacio destinado al tránsito exclusivo o prioritario de vehículos no motorizados, como son los scooters urbanos con esa velocidad tope.

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¿Pueden entonces un scooter ocupar la ciclovía?

Siempre y cuando no supere los 25 kilómetros por hora. “Si tienes la necesidad y el derecho de la ciclovía la puedes usar. Pero, en cuanto te encuentres con otros vehículos ligeros, similares a los tuyos que no tengan la capacidad de ir tan rápido como tú, tienes que desacelerar y tienes que darles la prioridad” asegura Vicente Torres, activista de Movilidad y Ciclista Urbano. La prioridad la tienen los ciclistas que van pedaleando.

“Ojalá se abra un diálogo para que ellos (usuarios de scooters) se protejan más… El ciclista ya se está protegiendo un poquito más, pero a ellos, en general, los veo sin cascos, y creo que es necesario” dice Samuel Terán Padua, ciclista, director de Ecología y Desarrollo Sustentable, GAM.


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